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NO RENUNCIE A SUS DERECHOS DEL FIDEICOMISO PACA
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Tenga Cuidado: En el supuesto caso que el embarcador y el receptor han estipulado a una condición de pago, el embarcador debe ser cauteloso y no vaya a perder sus beneficios de protección del fideicomiso PACA.  Cuando existe cierto tipo de confirmación o un acuerdo que describe el periodo de tiempo dentro del cual el receptor debe pagar, el embarcador normalmente no debe acceder a un plazo de pago que exceda 30 días después de que el receptor ha aceptado la carga; el embarcador ha automáticamente renunciado a todos su derechos de protección bajo el fideicomiso PACA.  La leyenda al pie de las facturas tampoco protegerá al embarcador si el embarcador estipula por escrito a un plazo de pago mayor de 30 días.  Esta es la ley bajo PACA aun cuando si el convenio describe que esta “sujeto a PACA.” Si usted estipula por escrito a un plazo de pago mayor de 30 días usted pierde la protección del fideicomiso PACA.

Tenga Mas Cuidado: Si usted tiene o bien un contrato por escrito con su receptor de perecederos o una confirmación con aquel, el plazo de pago no solamente será de 30 días después de que el receptor ha aceptado la carga sino que el plazo descrito en la factura debe ser igual al plazo de pago en el contrato o en la confirmación.  Algunos receptores tratan de hacer una mala jugada a sus embarcadores y hacerlos perder sus derechos del fideicomiso PACA enviándoles una confirmación de orden de compra con plazo de pagos raros con el fin que el embarcador ponga una plazo de pago diferente en la factura que este emita. Entonces una vez que el receptor se declara insolvente, el receptor hace una reclamación basada en que la factura tiene un plazo de pago y la confirmación de la orden de compra o el convenio escrito tienen diferentes plazo de pago y en este caso el embarcador ha renunciado a sus derechos bajo el fideicomiso PACA; en muchos casos estos receptores han tenido éxito con estas maniobras.

La Practica Mas Segura: Para evitar que nuestros embarcadores de perecederos se enfrenten a una posible renuncia a sus derechos del fideicomiso PACA , recomendamos que ellos siempre añadan la frase “Términos PACA” como el plazo de pago en sus facturas y que usen el mismo termino en todo contrato de perecederos que ellos firmen.  Si el embarcador sigue esta costumbre existe menos riesgo que ellos renuncien a sus derechos del fideicomiso PACA.  Si sus facturas son pre-impresas, asegúrese de cambiar manualmente el plazo de pago en la factura y que este plazo corresponda al plazo que está estipulado en el acuerdo escrito.  Recuerde siempre que un plazo de pago mayor de 30 días después de la aceptación del producto resultara en la renuncia de sus derechos del fideicomiso PACA.