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Manejo de Inventario de Frutas y Verduras en Consignación – el Talón de Aquiles del Importador
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Filled under DRC @es, PACA @es on mayo 8, 2012 - no comments .

La mayoría de frutas y verduras embarcadas a los Estados Unidos desde Latinoamérica se envían en consignación.  El importador estadounidense recibe el producto, lo vende y cobra al exportador una comisión por servicios prestados.  En nuestra experiencia hemos sentido que el manejo del inventario de frutas y verduras por parte de los importadores de perecibles es una de las razones más comunes que ocasionan perdidas en transacciones de frutas y verduras a consignación.

Un tema importante es que tanto el importador como el exportador deben monitorear los inventarios del importador.  Por cuanto el producto es perecible, la condición del producto es primordial para el importador, ya que debe venderlo y para al exportador que quiere recibir un pago razonable por el producto.

La ley PACA y las reglas de comercio de la DRC imponen un deber al consignatario de vender el producto en una manera razonable conforme a la vida útil del producto.  Esto requiere que el importador evite mantener el producto en inventario por un extenso plazo para que el producto no pierda su valor por su naturaleza perecible.

Hemos visto casos en los cuales un importador recibe demasiado producto de sus exportadores.  Esto sucede, por ejemplo, si el importador tiene programas de suministro con mayoristas con periodos de recibo de volúmenes mínimos.  Dado que el importador tiene una obligación de suministrar grandes volúmenes, el importador contrata con varios importadores para contar siempre con volúmenes suficientes para satisfacer las demandas de un mayorista.  Durante el curso de la temporada de importación, algunos importadores no detienen sus importaciones y los embarques continúan llegando, o peor, los importadores no venden sus productos y su condición se empeora cada día.  No es la responsabilidad del importador sufrir una pérdida porque importador importó demasiado producto. Siempre es mejor si el importador no recibe el producto al inicio para evitar los costos de importación y transporte del producto.  Una vez que el producto llega, el importador debe venderlo.

La necesidad de vender un producto perecible en una manera oportuna no se puede subrayar demasiado.  Es muy difícil para un importador protegerse de responsabilidad civil al exportador si el exportador sufre una pérdida por mal manejo de inventario.  Se requiere que el importador mantenga constancia de la recepción, venta y desecho del producto recibido a consignación.  Todos saben la vida útil aproximada de productos perecibles.  Con pocas excepciones, el importador tiene responsabilidad civil al exportador si un producto perecedero no se vende en una manera oportuna.

En nuestra experiencia, estas son las indicaciones que un importador no ha mantenido sus inventarios de frutas y verduras recibidas a consignación:

  1. Proratear los precios de venta en las liquidaciones sin incluir las fechas de venta.  Si el importador entrega liquidaciones con solo los precios promedios por todas las unidades en un embarque, especialmente si las fechas de ventas no se incluyen, parece que el importador esta tratando de ocultar las ventas de precios bajos.
  2. Liquidaciones con precios bajos sin fechas de venta.  Esto es obvio, ya que la revelación de las fechas de venta podría mostrar ventas tardes.
  3. Informes de inventario que no se puede corresponder con los volúmenes importados.  Si el exportador sabe que una cantidad se exportó y las cifras de ventas no corresponden a la cantidad exportada, esto puede indicar mal manejo del inventario.

 

Si el exportador pide los archivos de inventarios del importador por un producto recibido y el pedido se niega, el exportador va a sospechar que el importador fuera negligente el en manejo de los inventarios.

 

Todo de esto puede causar problemas para el importador y el exportador.   Aunque importadores cuenta con mucha discreción bajo la ley que los protege en transacciones de consignación, hay poca protección legal para el importador cuya negligencia en manejo de inventario causa una pérdida al exportador.  A menos que el importador y el exportador acuerden que el mal manejo de inventario es una practica aceptable en consignación, el manejo correcto de inventarios de perecederos es el Talón de Aquiles de los importadores.  Si el exportador tiene una pérdida porque el producto no se vende en una manera oportuna conforme a su vida de anaquel, el importador debe cubrir las pérdidas  a favor del importador.